El debate que se produce con la LOMLOE a través del trámite parlamentario reabre los viejos problemas de la educación que impiden el tan ansiado pacto educativo. El Congreso aprobó la semana pasada en la Comisión de educación varias enmiendas y, entre ellas, dos que a buen seguro los partidos de derechas llevarán al tribunal Constitucional y, por supuesto, convocarán movilizaciones pertinentes. Entre las enmiendas, cabe destacar, el refuerzo de la inmersión lingüistica de las lenguas cooficiales y dos enmiendas dirigidas a la escuela Concertada, la primera prohíbe dar conciertos a los centros que segregan por razón del sexo del alumno y la otra prohíbe dar suelo público para la construcción de este tipo de centros.
Con respecto a la primera se sustituye "el castellano ha de ser la lengua vehicular" por " las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos a recibir enseñanza en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios con conformidad a la Constitución, los Estatutos y la normativa aplicable".
Y con respecto a las enmiendas que afectan a la enseñanza privada y que consiguieron movilizar a la patronal junto a determinados sindicatos del sector en una concentración frente al Congreso mientras se estaban debatiendo, lo primero que hay que dejar claro es que todo el sector de la concertada no es igual. Las familias que llevan a sus hijos a centros que separan al alumnado por sexo, y que han optado por ese modelo de enseñanza, me parece a mí que aunque le quiten el concierto, esas familias no pasarán necesidades ni penurias económicas, mientras que otros centros ubicados en barrios populares que matriculan a todo tipo de alumnado y trabajan con familias desfavorecidas, el quitarle el concierto conllevaría un problema social.
Si analizamos como surgieron los conciertos en nuestro país, podremos conocer la realidad del problema en la actualidad. El mantenimiento de escuelas privadas con fondos públicos fue regulado por la ley orgánica 8/85. En ella, y a través de la motivación, el Gobierno reconocía la incapacidad para hacer posible de forma inmediata que una red pública cubriera toda la demanda y regulaba el acceso al concierto para garantizar el derecho a la educación universal y gratuita, según las pautas indicadas en la Constitución de 1978. Este hecho la ley lo justifica por la carencia de inversión en educación pública durante la etapa del franquismo, ya que una parte importante de la falta de infraestructuras y personal, lo cubría la enseñanza religiosa. Con el tiempo, esta subsidiaridad fue convirtiéndose en un derecho, en parte y en muchos casos por las políticas educativas de "hechos consumados" desarrolladas por los Gobiernos autonómicos del PP, sobre todo en Madrid y en el País Valenciá, también en Cataluña con los Gobiernos de Convergencia y Unio. Y en otros casos ayudadas por sentencias judiciales como la 3138/2020 del Tribunal Supremo del País Valenciano. La sentencia obliga a mantener los conciertos a las unidades de bachillerato de dos colegios privados - el elitista "Pilar" de Valencia y "la Salle" de Paterna - a pesar de no ser tramos de enseñanza obligatoria. La sentencia textualmente dice: "si la Generalitat optó por un modelo de concierto en un tramo de enseñanza no obligatoria (en tiempos que gobernaba el PP) "va de suyo" que este concierto funcione con las mismas reglas que los de la enseñanza obligatoria. Los magistrados de la sección cuarta contencioso administrativa, curiosamente presidida por el miembro del Opus Dei José Luis Reguero, es conocido por suspender la exhumación de Franco. Los magistrados tendrían que explicar esa pirueta jurídica de "va de suyo" para justificar los conciertos.
Otro de los aspectos controvertidos es la enseñanza de las religiones en el ámbito escolar. Si separar al alumnado por sexos es una aberración, desde mi punto de vista, por muchos pedagogos que puedan justificarlo, el segregarlos por el tipo de religión que profesa su familia, o bien, separar al alumnado por los que asisten a clases de religión y los que no, es también nefasto como principio educativo. La escuela tiene que socializar y respetar, la educación en valores ha de basarse en los aceptados y consensuados por los organismos internacionales, en los valores universales y en los principios democráticos recogidos en las Constituciones. Estos valores pueden complementarse en el ámbito familiar con valores religiosos, si así lo desea el alumno y la familia.
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