Ahora entiendo como defienden los partidos políticos con uñas y dientes su cuota de poder para imponer a los magistrados en los foros judiciales colegiados, es ahí y no en la política, donde se determinan las cuestiones que nos importan a todos. Hay una máxima democrática que nos recuerda que las sentencias judiciales hay que acatarlas, pero otra cosa es entenderlas y compartirlas. En educación llevamos algún tiempo que las sentencias judiciales determinan las políticas educativas y siempre se inclinan para favorecer a la Iglesia y a las tesis conservadores. En Aragón una sentencia judicial otorgó los conciertos a un centro de Cuarte, en construcción, cuando estaba previsto construir un centro público, no acabo de salir de mi estupefacción. Pero la última sentencia del Tribunal Constitucional ante un recurso presentado por el PSOE, si cabe, aumenta mi estupefacción.
Resumiendo, es constitucional segregar a los alumnos por sexos y recibir las subvenciones de los conciertos, es constitucional que la nota de una confesión religiosa tenga valor para la nota media del curso y es constitucional organizar itinerarios en las etapas obligatorias de la enseñanza. Es, o no es, para estar estupefacto (y cabreado) y nosotros votando a partidos con determinadas ideologías pensando que la gestión de los servicios públicos y el papel que jueguen en la sociedad se decidía en los Parlamentos, ilusos.
Siempre aparece el ... "en base a la libertad en la enseñanza... resuelvo..." como si la libertad de elección se extendiese a toda la ciudadanía, o si la planificación fuese un concepto autoritario. No está en juego que haya centros que segreguen por sexos, aunque considero que es una aberración pedagógica que educa a una parte del alumnado de espaldas a la otra mitad, lo que se cuestiona es que esos centros reciban subvenciones públicas, en Aragón los dos del OPUS. Con respecto a considerar la nota de la Religión para la nota media, los jueces dejan contenta a la Iglesia y la sentencia parece dictada por la Conferencia Episcopal. Y yo me pregunto porque los jueces no determinan, lo que para muchos sería aplicar el sentido común, como es en la educación de los valores volver a las tesis de la LOE. Pero donde rizan el rizo es en el tercer apartado sobre los itinerarios. Los jueces entran en el debate educativo y deciden contemplar los itinerarios como un instrumento educativo viable. Están los expertos (pedagogos y psicólogos) debatiendo sobre los problemas que pueden generar la segregación temprana del alumnado, y van y rompen el debate y sentencian.
Las tesis de la LOMCE son constitucionales según la justicia, habría que recordar que esta ley no fue apoyada en el Parlamento por ningún partido, si exceptuamos el PP y que ahora con la composición del Parlamento la mayoría ha conseguido frenarla, pero los diputados son políticos, por cierto a quien votamos.
(La noticia la sacó la Cadena SER, falta por salir la sentencia).
(La noticia la sacó la Cadena SER, falta por salir la sentencia).
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